En nuestro post veremos los trámites para construir una promoción de viviendas. El punto de partida de una promoción arranca con la compra del solar en el que se ubicarán las viviendas.
Primer paso: comprobar la calificación urbanística del suelo
Antes de realizar la compra, es fundamental comprobar la calificación urbanística del suelo para ver si se pueden construir viviendas.
Para hacer esta comprobación, se debe solicitar las normativas urbanísticas y las ordenanzas municipales para saber el tipo de vivienda que se puede construir. A través de ellos, se puede calcular el tipo de proyecto que se puede construir en el terreno, el aprovechamiento urbanístico y el tipo de edificabilidad.
Segundo paso: Redacción del proyecto arquitectónico
Llega el momento de que el arquitecto redacte el proyecto para la construcción del edificio. Este proyecto debe contar con un estudio geotécnico, que re elabora a partir de catas en el terreno para descubrir el tipo de superficie sobre la que se pretende construir.
Tercer paso: Visado por el Colegio de Arquitectos
El proyecto arquitectónico debe ser examinado por el Colegio de Arquitectos que corresponda, además, es necesario para solicitar la licencia de obras al Ayuntamiento (es la autorización que permite iniciar las obras).
Los plazos de concesión de la licencia son variables, ya que dependen de varios factores que pueden demorarse de 5 a 10 meses. Es por esto por lo que los promotores demandan una agilización en el proceso de concesión de las licencias por parte del Ayuntamiento.
En el caso de que la licencia sea concedida en menos de 5 meses, no habría demora en la entrega de las viviendas, de lo contrario, si retrasaría el proyecto y se encarecería.
Cuarto paso: Escritura de división horizontal
Una vez haya sido concedida la licencia de obras, será necesario realizar la escritura de división horizontal y obra nueva ante notario. Este escrito recoge, entre otras cosas, la superficie de los inmuebles y la cuota que corresponde a cada uno. Además, debe ser registrada en el Registro de la Propiedad.
Durante esta fase tiene lugar la formalización del préstamo hipotecario promotor para financiar la construcción de las viviendas.
Quinto paso: Ejecución de la promoción
En este momento tiene lugar el inicio de la construcción del proyecto bajo la dirección facultativa de la obra, que está formada por el director de la obra (se encarga del control técnico y el control económico de la obra) y el director técnico (suele ser un arquitecto técnico, aparejador o ingeniero de la edificación).
Sexto paso: Final de la obra y licencia primera ocupación
Una vez finalizadas las obras y se haya comprobado que está todo conforme, la dirección facultativa, el constructor y el promotor deben firmar el acta de fin de obra.
Posteriormente, se emite el certificado de fin de obra firmado por el arquitecto y el arquitecto técnico para demostrar que las obras han finalizado según la licencia de obras. Deberá ser visado por los colegios profesionales de arquitectos y arquitectos técnicos.
Es durante esta fase cuando tiene lugar el acto de recepción de obra. El acta se entregará en un plazo de hasta 30 días después de la finalización de la obra que consta en el certificado final de obra. Tras la tramitación del certificado de final de obra, el promotor entrega el libro del edificio con toda la información de la promoción.
Para finalizar, se tramitará la licencia de primera ocupación a través del Ayuntamiento y se gestionará la escritura de declaración de obra nueva ante notario.
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